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Family Visas

¿Necesita una visa familiar de Connecticut?

Su éxito es nuestro éxito. Queremos que tenga una experiencia perfecta y reciba todo el apoyo que necesita durante el proceso de inmigración. Siempre pondremos las necesidades de su familia en primer lugar.

¿Por qué elegirnos?

Preguntas Frecuentes:

Las visas familiares permiten a los inmigrantes convertirse en residentes permanentes a través de un miembro de la familia que ya es residente o ciudadano de los Estados Unidos. Primero, un miembro de la familia presenta una petición en su nombre; a esta persona también se le llama “patrocinador”.

Su patrocinador debe cumplir con los requisitos de edad, parentesco e ingresos. ¡Es muy importante que se comunique con un abogado para verificar esos requisitos antes de presentar la solicitud!

¡No hay límite ni límite para las visas familiares, a diferencia de las visas de trabajo que sí tienen un límite! Las visas para familiares inmediatos y aquellos con un pariente cercano se denominan “Visas familiares ilimitadas”.

¿Qué son estas visas?

  • Visas para cónyuges
  • Visas para sus hijos menores de 21 años

Sin embargo, existe una preferencia entre las visas familiares. Esencialmente, una visa se otorga sólo a inmigrantes con una relación familiar específica con un residente permanente o un ciudadano estadounidense.

Hay un número limitado de estas visas emitidas cada año.

  • Visas de Primera Preferencia: Visas para hijos e hijas solteros.
  • Visas de Segunda Preferencia: Visas para cónyuges, hijos solteros e hijos menores de edad.
  • Visas de Tercera Preferencia: Visas para hijos e hijas casados.
  • Visas de Cuarta Preferencia: Visas para hermanos y los cónyuges e hijos menores de estos hermanos.

Hay ciertos pasos que debes seguir para iniciar un proceso migratorio. El proceso en sí puede resultar complejo y confuso. Un abogado experimentado tendrá el conocimiento para completar una petición familiar sin problemas y correctamente la primera vez. Aquí están los 4 pasos que involucran una petición.

  • PRESENTAR LA PETICIÓN
    Su familiar debe presentar una petición. Hay varios formularios que debes completar, pero el más importante es el I-130. Esta solicitud luego se envía a USCIS con ciertos documentos que evidencian o prueban la relación familiar. Esta evidencia puede ser prueba de ciudadanía, actas de nacimiento, entre otras.
  • LA DECISIÓN DEL USCIS
    USCIS aceptará o rechazará la petición. Una vez que USCIS revisa la petición y los documentos de respaldo y determina si la solicitud es válida. Una vez que USCIS lo apruebe, lo enviará al Centro Nacional de Visas para ser procesado allí.
  • EL PERIODO DE ESPERA

El familiar tendrá que esperar a que esté disponible una visa. A menos que esté en la categoría "ilimitada", tendrá que esperar hasta que una visa esté disponible. Debido a que hay un límite anual, el familiar inmigrante debe unirse a la lista de espera.

  • LA APLICACIÓN

Una vez que USCIS aprueba la petición y la visa está disponible, el familiar inmigrante presenta una solicitud de residencia permanente.

La inmigración basada en la familia a primera vista puede parecer un proceso fácil. Sin embargo, las leyes en constante cambio y evolución pueden crear obstáculos en el camino y hacerlo más difícil de lo necesario.

Obtener ayuda de un abogado experimentado puede ayudar a su familia a evitar errores y correr el riesgo de que su petición sea rechazada por completo y lo ponga en riesgo de deportación.

Depende de las circunstancias del caso de cada familia. Por ejemplo, para una situación de visa ilimitada, la visa resulta en un proceso mucho más rápido, porque el miembro de la familia inmigrante no tiene que esperar a que una visa esté disponible. Sin embargo, si está esperando una visa de preferencia, tendrá que pasar al menos un año para saber cuándo estará disponible la visa.

Aquí hay algunos promedios aproximados.

  • Visas de Primera Preferencia para hijos e hijas solteros (F-1): 1-5 años
  • Visas de Segunda Preferencia para Cónyuges e hijos solteros (F-2): 1 año para cónyuges e hijos menores, 3 a 4 años para hijos adultos
  • Visas de Tercera Preferencia para hijos e hijas casados (F-3): 9 años, en promedio
  • Visas de Cuarta Preferencia para hermanos (F-4): 7 a 10 años, en promedio

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